El Congreso aprueba la reforma del Código Penal para elevar las penas por atropello

COCHE FUERA DE LA VÍA ACCIDENTE SAN MARTÍN DE LA VEGA
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Actualizado: domingo, 18 noviembre 2018 12:22

El enfado de víctimas de accidentes y de ciclistas por algunos cambios llevó al PSOE a pedir un aplazamiento de la votación

MADRID, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Congreso de los Diputados aprobará esta semana la reforma del Código Penal para elevar las penas por homicidio imprudente al volante, tras el aplazamiento de una semana que sufrió la votación del texto, a instancias del PSOE, en aras de encotrar un mayor consenso entre grupos parlamentarios y los colectivos de víctimas de accidentes de tráfico y ciclistas, principales impulsores de este cambio.

La Comisión de Justicia llevará a cabo este martes la primera votación de la norma que, posteriormente, pasará a aprobarse en el Pleno de la Cámara el jueves siguiente. Si la reforma cuenta con el apoyo mayoritario, terminará su trámite en el Congreso y pasará al Senado.

El texto ha supuesto el trabajo de un año de los diputados responsables en materia de Justicia y Seguridad Vial que debían centrarse, principalmente, en modificar los artículos 142 del Código Penal, correspondiente a la regulación de homicidio imprudente, y el 195, que contempla la omisión del deber de socorro.

Según el borrador del texto elaborado por los grupos durante la tramitación en el Congreso, se cambia la calificación de imprudencia grave al volante que, ahora, abarcará tres supuestos: cuando se comete un delito contra la seguridad vial por exceso de velocidad, cuando se hace bajo la influencia de drogas, o bajo la influencia de alcohol.

Hasta ahora, el juez valoraba si la imprudencia había sido grave, menos grave o leve, de acuerdo con las circunstancias concurrentes en el hecho. Con la nueva regulación propuesta, en cualquiera de estos tres supuestos no cabrá margen de interpretación y se considerará imprudencia grave en cualquier caso. Las penas máximas pasan así de cuatro a nueve años.

DOS NUEVOS ARTÍCULOS

"De este modo, se garantiza la mayor sanción para determinadas conductas particularmente graves con resultado de muerte, en particular cuando el conductor del vehículo de motor o ciclomotor conduzca bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas o exceso de velocidad", apunta el borrador del dictamen.

Este aumento de la punición se propone a través de dos vías (con la redacción de dos nuevos artículos). Uno de ellos permite al juez o tribunal imponer la pena de hasta nueve años de prisión en caso de varios fallecidos, o fallecidos y heridos graves, causados por la imprudencia en la conducción de vehículos a motor.

El otro da la posibilidad de incrementar en un grado la pena cuando hubiera una pluralidad de personas que sufrieran lesiones que menoscaben su integridad corporal, su salud física o mental o la pérdida o inutilidad de un órgano, entre otras. Del mismo modo se aumentan las penas de retirada de carné en estos supuestos.

#PORUNALEYJUSTA

Este cambio no ha caído bien entre los colectivos, que han acusado a los grupos de "engañarles" durante este proceso. Víctimas de accidentes y ciclistas han pedido que todos los accidentes que se deban a una infracción de tráfico que cause muerte o lesiones sean considerados 'imprudencia menos grave. Sin embargo, el texto incluye en este grupo sólo los casos en las que lesiones que incapaciten de por vida a la víctima.

A través de la iniciativa #Porunaleyjusta, en Twitter, los colectivos han denunciado su enfado y se han dirigido expresamente al PSOE, porque dicen que ha cambiado de opinión durante la negociación por "presiones del Gobierno".

Este texto iba a ser votado por el Congreso el pasado martes. Sin embargo, el propio PSOE pidió un aplazamiento de una semana para, según explicó a Europa Press, lograr un mayor consenso en el texto final y que se apruebe de forma unánime.

LA MALDAD INTRÍNSECA

Por otra parte, el texto que se aprueba esta semana en la Cámara baja plantea otra reformas, en este caso, la introducción del delito de abandono del lugar del accidente con una redacción autónoma. En este borrador, los grupos han acordado que se incluya en el Código Penal un nuevo capítulo dedicado a los delitos contra la seguridad vial, "por entender que se trata de una conducta diferente y dolosa e independiente de la conducta previa imprudente o fortuita".

"Lo que se quiere sancionar en este caso es la maldad intrínseca en el abandono de quien sabe que deja atrás a alguien que pudiera estar lesionado o incluso fallecido, la falta de solidaridad con las víctimas, penalmente relevante por la implicación directa en el accidente previo al abandono, y las legítimas expectativas de los peatones, ciclistas o conductores de cualquier vehículo a motor o ciclomotor, de ser atendidos en caso de accidente de tráfico", apunta el documento.

En la nueva redacción se especifica que el abandono del lugar del accidente, cuando se ha cometido una imprudencia al volante, se sancionará con penas de entre seis meses y cuatro años de cárcel y la retirada del carné de conducir entre uno y cuatro años. Si se considerara que esta omisión de socorro es "fortuita", se reducirá la pena a un máximo de seis meses, mientras que la retirada del carné podría ser de hasta dos años.